Pregunta
Un deudor tomó prestado un monto de cuatro mil dinares para resolver un problema de su hijo, y le recomendó a su hija que, si él muere, devuelvan el monto al acreedor. ¿La devolución del monto al acreedor recae sobre el padre por su testamento o sobre el hijo?
Respuesta
Yo digo, y con la ayuda de Dios: La deuda debe ser devuelta a los herederos, incluso si el padre no lo ha testado; porque es dinero de otro, y debe regresar a él, y Dios sabe más.