Aviso: esta fatwa ha sido traducida mediante inteligencia artificial.
Pregunta
Un hombre tomó un préstamo para sus hermanos para comprar terrenos por un monto de (100) mil dinares, y el resto de los terrenos están a su nombre. Sus hermanos pagaron la primera cuota después de su muerte, y el préstamo se canceló para él. Se comprometieron a pagar sus deudas al banco por otro préstamo que tenía por un valor de (60) mil dinares. ¿Deben sus hermanos devolver (40) mil dinares a los hijos del difunto, porque el monto cancelado es (100,000) dinares y ellos solo pagarán (60) mil dinares, o no tienen ninguna obligación?
Respuesta
Digo y con la ayuda de Dios: Si el préstamo fue tomado específicamente para los hermanos, y debido a su muerte el préstamo al banco ha sido cancelado, los hermanos no tendrán que pagar nada, y Dios sabe mejor.