Pregunta
¿Cuál es la regla para quien tiene la intención de ayunar dos cosas diferentes, iguales en la obligación y el deber?
Respuesta
Cuando uno de los dos se prepondera sobre el otro, se establece lo que tiene mayor peso; y si ninguno de los dos se prepondera sobre el otro, ambos son inválidos. Si alguien tiene la intención de cumplir con el ayuno de Ramadán y la expiación por el desahucio, se considera que está cumpliendo con el ayuno de Ramadán; porque la preponderancia es para determinar la dirección del cumplimiento, ya que es un sustituto del ayuno de Ramadán, y un sustituto ocupa el lugar de lo que reemplaza, como si fuera lo mismo. El ayuno de Ramadán es el más fuerte de los ayunos, de modo que puede anular la intención de otros ayunos; y porque es un reemplazo de un ayuno que se debe por mandato de Dios desde el principio, mientras que el ayuno de la expiación por el desahucio se debe por una razón que surge del siervo, por lo que el cumplimiento es más fuerte y no puede ser superado por lo más débil, como se menciona en Badā'i' al-Ṣanā'i' 2: 82.