Pregunta
¿Cuál es el veredicto sobre quien tiene la intención de cumplir un voto específico y una expiación por juramento?
Respuesta
Su ayuno se considera para el voto, ya que las dos intenciones se contradicen y se anulan, quedando la intención de ayunar en general, por lo que se considera para el voto específico, como se menciona en Bada'i al-Sana'i 2: 84.